Derecho de Familia.
Objetivo.
Perfeccionar y actualizar los conocimientos de profesionales abogados que se desempeñan en la línea común y familia para ser utilizada en beneficio de las causas asumidas en estas líneas de atención, poniendo el acento en las Reformas al cuidado personal y régimen patrimonial del matrimonio (reforma a la sociedad conyugal en actual tramitación) . El curso se desarrollará conforme a un Derecho basado en principios y se criticará fuertemente el que se pretenda recurrir a criterios propios del Derecho Civil tradicional.
Programa.
MÓDULO 1: I.FUNDAMENTOS DEL DERECHO DE FAMILIA BASADO EN PRINCIPIOS.
1.- Principios del Derecho de Familia e Infancia.
2.- Aplicación de los principios al Derecho chileno.
3.- Análisis del caso Átala.
4.- Análisis especial del interés superior del niño.
a) Aplicación en el Derecho Comparado: España, Italia, Francia y Alemania.
b) Aplicación del principio en Chile.
II. EL MATRIMONIO: DEBERES Y FACULTADES:
1.- Análisis de las facultades y deberes del matrimonio.
a) Facultades y deberes en el matrimonio. Cambio de perspectiva en torno al derecho de igualdad de los cónyuges, la protección de la familia e interés superior del niño. Tendencias del Derecho Comparado (supresión del deber de fidelidad en Derecho Argentino, influencia del principio de la intervención mínima del Estado, etc.).
b) ¿Procede indemnización de perjuicios por incumplimiento de deberes conyugales? Análisis de las posiciones que niegan tal posibilidad, las que se adhieren a ella sin mayores restricciones y la que la acepta, pero de forma excepcional. Entre dichas posiciones se analizara especialmente las que sustentan la indemnización en la responsabilidad extracontractual y las razones para rechazar dichas demandas como regla general.
2. - Los derechos y facultades de los padres en el divorcio o separación. Los derechos de los padres con relación a los hijos es un tema de larga data en el Derecho Comparado.
La experiencia comparada, sobre todo en países como España, Italia, Francia y Alemania, permite hacer una adecuada aplicación del principio del interés superior del niño. En Chile esta tendencia se está comenzando a imponer (se centran las bases para el estudio e implementación de estas posiciones en los alegatos ante los tribunales). Se analizará el Proyecto de reforma del cuidado personal (sobre todo el proyecto de art. 229).
III.- COMPENSACIÓN ECONÓMICA:
1.-Naturaleza jurídica. Una visión moderna de la compensación económica sustentada en el incentivo de los acuerdos implícitos y en una determinación del <> funcional (resarcitoria, alimentaria, mixta, asistencial y punitiva).
2.- Requisitos compensación económica.
3.- Criterios de existencia y de cuantía de la compensación económica.
4.- Pago de compensación económica.
a) Pago en dinero, especies o acciones.
b) Pago en cuotas.
c) Constitución de derechos reales de usufructo, uso o habitación.
d) Traspaso de fondos de capitalización obligatoria.
5.- Medios de exigir pago de compensación económica.
6.- ¿Es renunciable la compensación económica?
7.- ¿Puede solicitarse arresto por no pago de compensación económica? Análisis del fallo del TC (sentencia nº Rol 2102 del 27 de septiembre de 2012).
IV. ANÁLISIS DE LAS PRINCIPALES REFORMAS AL DERECHO DE FAMILIA.
1.- Una visión equivocada del Derecho de la Infancia de la reforma al cuidado personal.
2.- Una visión reduccionista del cuidado compartido en la reforma.
3.- Facultades y derechos del padre no custodio.
4.- Sistemas comparados respeto del cuidado personal y su posible aplicación en Chile.
5.- La influencia de la Reforma sobre aspectos civiles (convenio regulador y sentencia de separación, divorcio y nulidad).
6.- Referencia al proyecto de Reforma sobre sociedad conyugal.
V. ANÁLISIS DE CASOS Y DISCUSION DE SOLUCIONES:
MÓDULO 2:
I. PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE FAMILIA
1. En qué consiste y alcances de los principios del procedimiento de familia
2. Su aplicación efectiva por los Tribunales de Familia
3. Estado de la Jurisprudencia
a. ORALIDAD
b. CONCENTRACION
c. ACTUACION DE OFICIO
d. COLABORACIÓN
e. INTERES SUPERIOR DEL NIÑO
f. ACUMULACION NECESARIA
g. REPRESENTACION
h. PUBLICIDAD
II. LAS MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCEDIMIENTO DE FAMILIA:
1. Las medidas conservativas
2. Las medidas innovativas
3. Requisitos de procedencia
4. Extensión de la facultad del tribunal para obrar de oficio
5. Aplicación supletoria de las normas del Código Procesal Civil
4. Estado de la Jurisprudencia
III. PROCEDIMIENTO ORDINARIO DE FAMILIA
1. Aplicación
2. Examen de admisibilidad
3. Etapa de discusión en el Procedimiento de Familia
4. Las audiencias preparatoria y de juicio. Rol del Tribunal, y de los letrados. Alcances de la Facultad para conducir la audiencia.
5. La prueba en el Procedimiento de Familia
a. Medios de prueba
b. Admisibilidad
c. Exclusión de prueba
i. Causales de exclusión
ii. Extensión de la facultad del juez para excluir de oficio
iii. Revisión de jurisprudencia
d. Ponderación de la prueba
e. Prueba de oficio
f. Prueba nueva
6. La fijación del objeto de juicio y hechos a probar. Implicancias procesales.
7. La sentencia y régimen de recursos procesales y otros medios de impugnación
8. Estado de la Jurisprudencia
IV. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES: MEDIDAS DE PROTECCIÒN Y VIOLENCIA INTRAFAMILIAR:
1. Aplicación y objetivos
2. Etapa de discusión en esta clase de Procedimientos
3. La facultad cautelar especial.
4. La sentencia y régimen de recursos procesales y otros medios de impugnación
5. Estado de la Jurisprudencia
V. LOS DERECHOS DE LOS PADRES EN EL DIVORCIO O SEPARACION
1. Relación directa y regular
2. Derecho a solicitar alimento.
3. Cuidado Personal: análisis Proyecto de Reforma del Cuidado Personal.
4. Nuevas alternativas de organización de las relaciones parentales, luego de la separación y el divorcio.
Relator(es)
Gabriel Silva Ruz:
Abogado Litigante y Tutor postulantes de la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana. Patrocinando causas contenciosas y voluntarias en materia Civil y Familia, Laboral. Abogado tutor de postulantes a titulo de abogado.
Rodrigo Barcia Lehmann:
Doctor en Derecho, Universidad Complutense de Madrid, España. Director del Departamento de Derecho Privado, Facultad de Derecho Universidad de Talca. Profesor de Derecho Civil, Universidades de Talca, Diego Portales y de Chile .